El 15 de septiembre de 2023 se publicó en el Diario Oficial de Galicia nº 175 el Decreto 120/2023 de 7 de septiembre por el que se modifican las Normas de habitabilidad de Galicia, cuya entrada en vigor se produjo un mes después de la publicación.
Esta modificación ha sido algo muy esperado, principalmente por el sector inmobiliario debido a la apertura y flexibilidad en la aplicación de las Normas de Habitabilidad. El espíritu de la modificación radica en la adaptación a las necesidades de nuevos modos de habitar sin olvidar el progresivo abandono de locales destinados a usos comerciales, lo que implica una imagen de degradación de la ciudad y la vida urbana.
Algunas de las novedades en las Normas de Habitabilidad de Galicia
- La importancia del papel de los Ayuntamientos que pueden redactar un ANEXO DE HABITABILIDAD como documento incluido o independiente al Plan urbanístico en que se modifiquen las condiciones de protección de vistas y condiciones de espacio exterior a los efectos de cumplimiento de vivienda exterior.
- En caso de que no exista planeamiento municipal aprobado o éste nos remita a las Normas de habitabilidad, las condiciones de vivienda exterior se flexibilizan en dos cuestiones:
- Para que la vivienda sea exterior, la estancia mayor y otra estancia o la cocina (en caso de que la cocina no esté integrada en la estancia mayor), los espacios exteriores a los que podrán abrirse los huecos de ventilación e iluminación serán:
- Calles, plazas y espacios libres públicos
- Patios de manzana o espacios libres públicos o privados, un círculo de diámetro de 0,7 H (siendo H la altura de coronación según la reglamentación urbanística aplicable en función de la altura del suelo del piso en el que se estén planteando los huecos) con un mínimo de 3 metros. Como modificación se incluye la inscripción de un círculo de 0,5 H de diámetro no inferior a 3m en zonas de conjuntos urbanos con características históricas o tradicionales o núcleos rurales tradicionales.
2. Por otro lado, en obras de rehabilitación de edificios y viviendas existentes, en cambios de uso de locales a vivienda, la altura libre mínima entre pavimento y techo acabado será de 2,40 m.
Se aplican otra serie de modificaciones a las Normas de habitabilidad que suponen cambios en cuanto a configuraciones interiores de las viviendas: cambios en las superficies y concepto de almacenamiento, condiciones de ventilación e iluminación en núcleo de comunicación de los edificios de vivienda, condiciones de los trasteros en edificios de vivienda, permisión de tolerancias en estrechamientos puntuales den vías de circulación de garajes, y otras disposiciones que se tendrán que valorar para cada caso concreto.
Analizando las modificaciones, muchas de ellas interesantes bajo el punto de vista de las opciones de diseño y flexibilidad, no se deduce que cualquier local comercial pueda convertirse en una vivienda, sin embargo, siempre será necesario hacer un estudio de viabilidad de cada caso concreto.
Si tienes un local comercial y quieres valorar la posibilidad de convertirlo en vivienda, no dudes en escribirme o reservar una cita de diagnóstico para ver si puedo ayudarte.